Revista: Errepar Doctrina Tributaria (EDT).
ISSN: 0326-2650
Tomo: XLII
Fecha: Abril de 2021.
Resumen: El Aporte Solidario Extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la Pandemia (en adelante ASEP) fue sancionado por ley 27.605 (BO: 18/12/2020) y promulgada por el decreto PEN 1024/2020 (BO: 18/12/2020). Se reglamentó por decreto del Poder Ejecutivo 42/2021 (BO: 28/1/2021) (en adelante DR) y por la AFIP mediante el dictado de la RG 4930/2021 (BO: 5/2/2021) (en adelante RG AFIP). Asimismo, resulta aplicable la Comunicación del BCRA ´A´ 7225 (11/2/2021) con vigencia a partir del 12 de febrero del 2021. Y, para un mayor desarrollo, las respuestas dadas por la Dirección Nacional de Impuestos en reunión mantenida con las entidades profesionales del 10 de febrero del presente año (N° IF-2021-12849643-APNDNI-MEC) y la de la Secretaría de Hacienda de la Nación (BO: 17/2/2021). Se dispone asimismo la aplicación supletoria de ley 11683 a la que remite, la ley penal tributaria 27.430, la ley del impuesto sobre los bienes personales (en adelante LBP) 23966 y su decreto reglamentario y la ley del impuesto a las ganancias (t.o. por decreto 824/2019) (en adelante LIG) y su decreto reglamentario. En ese marco normativo analizaremos el instituto jurídico sancionado.
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