Ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, se realizó una audiencia pública informativa en la causa ‘ESSO Petrolera Argentina S.R.L. contra Municipalidad de Quilmes sobre acción contencioso administrativa. Se trata de una acción iniciada por la empresa ESSO Petrolera Argentina S.R.L. contra la Municipalidad de Quilmes con el objeto de impugnar la determinación de oficio de la tasa municipal por inspección de seguridad e higiene, por períodos correspondientes a los años 1996 a 2002. La tasa en cuestión se cuantificaba tomando como base los ingresos brutos provinciales del contribuyente. En representación de la Unión Industrial Argentina (UIA), y participando en calidad de ‘amicus curiae’ la abogada Gabriela Inés Tozzini fue tajante al advertir que ‘si en la tasa se incorporan ingresos ajenos al municipio, claramente estamos en presencia de una irracionabilidad manifiesta porque nunca refieren a servicios que se hayan prestado’. Y añadió: ‘La parte demandada (municipalidad de Quilmes) confunde autonomía municipal con límites a la potestad tributaria municipal. Todos los Estados en el federalismo tienen límites tributarios; tanto el Estado nacional como las provincias y los municipios. ¿O acaso las provincias, de las que nadie va a dudar de su autonomía, podrán establecer derechos de importación y exportación?’, preguntó. Dicha audiencia fue transmitida en vivo por TV, a través del canal de YouTube del Centro de Información Judicial y, asimismo, a través de nota periodística del Diario La Nación, Sección Política de fecha 7 de junio de 2019.
Diario: La Nación, Sección Política.
Fecha: 7 de junio de 2019.
Observaciones: Cita de artículo periodístico donde se hace mención a la participación de la Dra. Tozzini en la Audiencia Pública ante la CSJN en el marco de la causa “ESSO Petrolera Argentina SRL contra Municipalidad de Quilmes”, en calidad de ‘amicus curiae’ en representación de la Unión Industrial Argentina (UIA).